PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad interpuesto por el ciudadano Álvaro Paúl Meza Oviedo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.205.638, representado por los abogados Rosaura Isabel Meza Oviedo, Mildred Noemí Flores de Martínez y Leonardo Aquiles Sánchez Sandoval, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-11.185.572, V-8.831.732 y V-5.673.551, inscritos en el Inpreabogado bajos los Nº 58.712, 53.140 y 51.773 en su orden, contra los actos administrativos emanado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, el PRIMERO: en sesión Nº 398-11, de fecha 24 de Agosto de 2.011, en deliberación sobre el Punto de Cuenta N° 327, el cual acordó inicio del procedimiento de Rescate Autónomo y acuerdo de Medida Cautelar de aseguramiento de la tierra y la Revocatoria de la Carta .....