En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: Declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano: MANUEL EDGARDO MANSILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.192.101, con el carácter de Apoderado General de la Sociedad Mercantil HACIENDA LA GRAN FAMILIA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 04 de diciembre de 1998, bajo el N° 46, Tomo 269AQT0, contra el Acto Administrativo realizado por el Instituto Nacional de Tierras, en sesión N° 606-14, de fecha 08 de Diciembre de 2014, en el.....