Analizados los supuestos de procedencia anteriormente expuestos, y conforme a la decisión antes citada observa esta Superioridad, que la decisión recurrida ante esta instancia por medio del recurso de casación ya analizado, no cumple con todos los requisitos de procedencia, por lo que, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado en fecha 04-04-2019, por la ciudadana María Eva Montaña de Bastidas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.059.290, actuando en su carácter de Director-Gerente de la AGROPECUARIA BASTIDAS MONTAÑA C.A., asistida por el abogado en ejercicio Yorman de Jesús Rojas Carrillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.985.025, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 174.232, contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior el veintiuno (21) de Marzo de 2019. Así se decide.