PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 18 de Diciembre de 2017, por la abogada María Alejandra Rondón Quiroz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.606.318, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.174, con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano José Alexander Peña Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.464.451, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de Diciembre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: En consecuencia al particular anterior se confirma el auto dictado en fecha 06 de Diciembre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la sentencia.