PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por los abogados Victoriano Rodríguez Méndez e Iriamni Patricia Peñalosa, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-3.449.770 y V- 17.376.891, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 21.916 y 177.699, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano Assin el Aramouni, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.015.219, contra la sentencia dictada en fecha 27 de Septiembre de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se REVOCA la decisión dictada en fecha 27 de Septiembre de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en tal sentido se establece a favor del demandante la apertura de la servidumbre .....