PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16-01-2006 por la abogada en ejercicio CLARA GISELA UZCATEGUI.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión interlocutoria dictada en fecha 02-11-2005 por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: NO SE CONDENA en costas dada la naturaleza de este juicio.
CUARTO: NO SE ORDENA la notificación de las partes por cuanto la presente decisión se publicó y registró dentro del lapso.