En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer el presente Recurso de Hecho.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado Darvi José Silva López, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 246.544, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos Juan Sebastián Rodríguez, Flor de María Rodríguez, Benito Rodríguez Rojas, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, que negó oír el Recurso de Apelación interpuesto mediante diligencia de fecha 31 de Octubre de 2017.
TERCERO: se ORDENA remitir copia fotostática certificada del presente fallo mediante oficio.....