En virtud de las anteriores consideraciones y con los fundamentos de leyes expresadas, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, declara:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer de recurso de amparo constitucional interpuesto en fecha 21 de junio de 2022 interpuesto por la ciudadana CARMEN OBDULIA PÉREZ DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.109.197 debidamente asistida por la abogada OBDULIA CELENIA DÍAZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.199.289, e inscrita en el Inpreabogado N° 79.197 contra la decisión dictada en fecha 16 de mayo de 2022 por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas a cargo del Juez YOAN JOSÉ SALAS RICO (ASÍ SE DECIDE).
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de amparo constituciona.....