En consideración a los criterios doctrinarios y legales precedentemente expuestos, es por lo que este Juzgado, declara IMPROCEDENTE la solicitud formulada por el ciudadano Justino Rojas Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.923.765, en su carácter de representante legal de la empresa mercantil demandada "Inversiones K.A. 2000, C.A", inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha: 18 de abril de 2000, bajo el Nº 66, Tomo 5-A, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Victoriano Rodríguez Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.916, mediante la cual requiere la nulidad de los actos de embargo ejecutivo, practicados en fecha: 19 de junio de 2.012, por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de esta Circunscripción Judicial. Y así se decide.
Se ordena notificar a las partes, por dictarse la presente decisión fuera del lapso establecido en la ley.
No hay condenato.....