PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA en la presente demanda de desalojo intentada por los ciudadanos Ángel Rafael Gadaleta Cordonez, Damian Gadaleta Cordonez, Ana Rosa Gadaleta Cordonez e Hilda Margarita Gadaleta Cordonez, representados por las abogadas en ejercicio Licet Hernández de Alvarado, Andrea de los Ángeles Gadaleta Sánchez y María Rosimar Castellanos Andara, en contra de la ciudadana Lida Azzam de Troudi, up supra identificados.
SEGUNDO: En virtud de lo anterior, y por las razones de hecho y de derecho señaladas en la motiva del presente fallo, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por los ciudadanos Ángel Rafael Gadaleta Cordonez, Damian Gadaleta Cordonez, Ana Rosa Gadaleta Cordonez e Hilda Margarita Gadaleta Cordonez, en contra de la ciudadana Lida Azzam de Troudi, up supra identificados.
TERCERO: En consecuencia, se ordena a la demandada ciudadana Lida Azzam de Troudi, ya identificada, DESALOJAR el local comercial ubicado en la avenida .....