Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de divorcio intentada por el ciudadano: Enrique Luis Lucart Osorio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.127.112 en contra de la ciudadana: Raquel Alejandra Jiménez Romero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.784.649, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 30 de octubre de 2008, por ante la Junta Parroquial Santa Lucia, Municipio Barinas Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 10.
Publíquese, regístrese, expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Trá.....