En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la Demanda de RENDICION DE CUENTAS, presentado por los ciudadanos BLANCO BUSTAMANTE GENARO, VALERO MARQUEZ IRIS CAROLINA, QUIÑONEZ REYES LUZ MARINA, SANABRIA MORENO MARIA YAMILET, QUIÑONEZ DE ROSALES MARY YURLEY, QUIÑONEZ REYES EUGENIA MARIA, SANABRIA MORENO DALILA YULIMAR Y SANABRIA MORENO GRECIA MARILAN, anteriormente identificados, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JOSE FERNANDO MACABEO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 49.154 en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL LIBERTADOR, en la persona de su presidente ciudadano: RAMON NOVELINO RIVAS ROMERO. Antes identificado.
.....