Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales, interpuesta por el abogado en ejercicio Wilberg del Rosario Suárez González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.044.683, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.060, actuando en su propio nombre y representación, en contra del ciudadano Antonio Cuore Porco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.260.996.
SEGUNDO: No se condena en costas, dada la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, por dictarse la misma fuera del lapso establecido en la ley.
Dada, fi.....