D E C I S I Ó N
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del circunscripción judicial del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA en Razón de la Cuantía en el Juzgado del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, al cual corresponda por distribución, ello de conformidad con el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho a los efectos previstos en el artículo 69 ejusdem.
Regístrese, publíquese y expídanse las copias de ley.
Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Barinas a los Dos (02) días del mes de Febrero de Dos Mil Cinco (2005). Años 194º de la Independencia y 145º de la Federac.....