PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO incoada por la ciudadana ZORAIDA MARGARITA USCATEGUI TAZZO, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL MC TECHNOLOGY C.A representada por la ciudadana NAIBETH ELIZABETH MONTERO RAMÍREZ, up supra identificados, y en consecuencia se ordena el DESALOJO del inmueble constituido por un local comercial signado con la nomenclatura F-54, situado en el Nivel Feria del Centro Comercial Cima, ubicado en la avenida Andrés Bello cruce con avenida Los Andes del Municipio Barinas del Estado Barinas, perteneciente a la mencionada ciudadana actora según instrumento protocolizado en fecha 24/09/2009, bajo el Nº 2009.7371, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 288.5.2.11.1741 y correspondiente al libro de folio Real del año 2009.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago del monto por concepto de indemnización por daños y perjuicios, el cual tendrá como base el monto resultante de la sumatoria de los cánones de arrend.....