PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la pretensión del ciudadano Félix Moisés Rosales García, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número: 8.364.906de profesión abogado, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número (Inpreabogado):28.075 al cobro de los honorarios profesionales estimados e intimados en la presente incidencia.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se orden proceder a la retasa de los honorarios profesionales estimados e intimados, en virtud de que la parte demandada se acogió oportunamente a tal derecho.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de la presente incidencia, por cuanto fue dictada fuera del lapso previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se condena en costas según lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.