PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de reconocimiento de paternidad intentada por el ciudadano José Natividad Carrasco Navas contra el ciudadano Carlos José Alvarado, antes identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara que el ciudadano José Natividad Carrasco Navas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.985.735, es el padre del ciudadano Carlos José Alvarado, cuya acta de nacimiento se encuentra asentada por ante la Prefectura del Municipio Barinas del Estado Barinas, bajo el N° 91, de fecha 14 de diciembre de 1972.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 507 del Código Civil, se ordena publicar un extracto de la presente decisión, luego de que quede definitivamente firme, mediante un edicto que deberá publicarse en el diario local "La Prensa" de este Estado, en dimensiones que permitan su fácil lectura.
CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas del presente juicio, de.....