declara como únicos y universales herederos de la de-cujus Haydee Josefina Hurtado de Ochoa, a los solicitantes ciudadanos Nelsy Eduvigis Ochoa Hurtado, Nidia Haidee Ochoa de Henríquez, Neida Pascuala Ochoa Hurtado, Álvaro Alberto Ochoa Hurtado y Anserys Eugenio Ochoa Hurtado, ya identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros.