En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando en sede constitucional Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano Julio Antonio Pérez Pérez, en contra de la actuación judicial dictada en fecha 13 de mayo de 2015, expediente Nº 2450 antiguo, (EN21-V-2010-000028 actual) por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo dispuesto en el aparte anterior SE ANULA el auto de no ejecución de fecha 13 de mayo de 2015, y los efectos de que ella derivan, el cual fue dictado, por el Tribunal Segundo de Munici.....