En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 01 de junio del año en curso por el ACTOR abogado en ejercicio Cristche Mendoza.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia dictada el 26 de mayo del 2004 por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; y en consecuencia, se ordena al Juzgado de la causa dictar un auto mediante el cual se deje sin efecto ¿dado el error material involuntario cometido- la intimación de la ciudadana Eulalia Ortiz, por no haber sido demandada en esta causa, y por ende, se ordene consignar a las actas procesales los recaudos de intimación librados al respecto, teniéndose como parte demandada en e.....