PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda de Querella Interdictal Posesoria, intentada por por el ciudadano ORLANDO MAURICIO SALDIVIA SAN MARTÍN, contra la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES J.J. DE VENEZUELA, C.A., Presidente el ciudadano JUAN VICENTE SÁNCHEZ GARCÍA, todos antes identificados.
SEGUNDO: Se condena a la parte actora al pago de las costas del presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión se dicta fuera del lapso previsto en el artículo 251 ejusdem, se ordena notificar a los apoderados judiciales de las partes, conforme a lo estipulado en el artículo 174 ejusdem