PRIMERO: Se NIEGA la admisión de la demanda de cobro de bolívares presentada por la ciudadana María Gabriela Wilchez de Guevara, quien manifiesta actuar en representación del ciudadano Michael Alexander Carreño Sánchez, asistida por el abogado en ejercicio José Raphael Durantt Herrera, en contra de la sociedad mercantil Centro Agroturístico Los Aromas de mi Campo, C.A, todos antes identificados.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar a la parte actora de la presente decisión por dictarse dentro del lapso establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.