PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de interdicción del ciudadano Simón Antonio Oviedo Rodríguez, formulada por la ciudadana Violeta Esperanza Paredes Camacho, antes identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se decreta LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano Simón Antonio Oviedo Rodríguez, y se designa como TUTOR INTERINO a la solicitante ciudadana Violeta Esperanza Paredes Camacho, supra identificados.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario.
CUARTO: Se ordena el registro del presente decreto por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Barinas del Estado Barinas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 414 y siguientes del Código Civil, y por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, de acuerdo con lo previsto en los numerales 7 y 8 del artículo 3 de la Ley Orgán.....