PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01 de agosto del 2006, por el demandado ciudadano Cam Seo Fung, ya identificado.
SEGUNDO: Se ANULA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de esta Circunscripción Judicial, en fecha 20 de julio del 2006.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, se declaran SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por el demandado ciudadano Cam Seo Fung, de conformidad con lo previsto en los ordinales 11° y 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, ésta última con fundamento en lo estipulado en el ordinal 7° del artículo 340 ejusdem; y CON LUGAR la defensa previa opuesta por dicha parte de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 346 por haberse hecho la acumulación prohibida establecida en el artículo 78 ejusdem.
CUARTO: No se hace condenatoria en las costas de la incidencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, ni en .....