En consecuencia el Tribunal, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO ejercido por el Abogado en ejercicio NELSON MERCADO, titular de la cedula de identidad N° V-11.188.361, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.774, en su carácter de Coapoderado Judicial de la parte demandante ciudadana GARCÍA CAMACHO BENILDE EMILIA, en fecha 24 de Marzo de 2009, en los términos contenidos en el mismo. Finalmente, el desistimiento ejercido en los términos señalados, procede como en sentencia en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 ejusdem y así se decide.-
Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 27-02-2007, sobre el siguiente bien: Un conjunto de mejoras y bienhechurías que en su totalidad constituyen el Fundo La Florida, en una parcela de terreno, con una superficie de VEINTIDÓS HECTÁREAS (22 HAS); ubicada en la Parroquia Torunos, Municipio Barinas del Estado Barinas, alinderada así: NORTE: Con el Caño Guabinas; S.....