Subsumiendo el caso bajo estudio en el análisis de las actas que conforman el expediente, alegatos y pruebas, en aplicación de la doctrina y la jurisprudencia sobre la materia, y por las razones y fundamentos que se explanaran ampliamente en el cuerpo de la sentencia, este Juzgado de Primera Instancia del Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR, la acción de Daños y Perjuicios Materiales y Morales ocasionados por Accidente de Tránsito interpuesta por las ciudadanas ADELAIDA ROMERO SÁNCHEZ Y MARGARITA RAMONA GAVIDIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.372.689 y V-4.607.483, actuando en nombre y representación de sus menores hijos ESTARLIS ARGENIS JIMÉNEZ ROMERO, YICEL MARIA JIMÉNEZ ROMERO, GÉNESIS MAYERLIN JIMÉNEZ GAVIDIA Y YENIFER YOSELIN JIMÉNEZ GAVIDIA, en contra de la Empresa Mercantil Agropecuar.....