SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
En fecha 01-12-08, los ciudadanos: HERNAN ENRIQUE SIMO DUGARTE Y NOEL ANGEL MORONTA TORREYES, venezolanos, mayores de edad, Titulares de la cedula de identidad Nro. V-17.377.002 y V-16.513.994, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 133.506 y 128.127, con el siguiente domicilio procesal. Oficina Áseteco, Av. San Luís, entre calles Nicolás Briceño y calle Aranjuez, de esta ciudad de Barinas, a media cuadra de la Fiscalia del Ministerio Público, de la Ciudad de Barinas, con el carácter de Apoderados Judiciales, de la ciudadana DORIS ERCILIA MORILLO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.917.587, domiciliada en el Municipio Lamas de la Ciudad de Santa Cruz, Estado Aragua.
Ahora bien, el artículo 267, ordinal 2° del Código de Procedimiento Civil preceptúa:
"Artículo 267.-
Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La i.....