Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
DECIDE:
PRIMERO: se declara INCOMPETENTE por el territorio para el conocimiento y decisión de la presente causa incoada por el ciudadano JESÚS MANUEL CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.823.816, representado judicialmente por la abogado en ejercicio MARY CORREA, Inscrita en el inpreabogado bajo el N° 28.013, en contra de los ciudadanos LUÍS ENRIQUE URIBE ORTIZ y EDGAR CARRILLO OLEJUA, Extranjero el primero y venezolano el segundo, mayores de edad, Titulares de las cedulas de identidad Nros. E-662.431 y V-11.372.552, respectivamente y contra la EMPRESA DE SEGUROS BOLÍVAR, por daños y perjuicios ocasionados en accidente de transito.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se DECL.....