De la revisión efectuada a las actas procesales que integran el expediente se observa que en fecha 05 de noviembre de 2007, ordenó la citación de los herederos desconocidos de la ciudadana GLADYS MARITZA MEJIAS SÁNCHEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, mediante edicto que debía publicarse en un intervalo de sesenta (60) días, dos (02) veces por semana. Para al mismo se agrega que debe hacerse en un diario de publicación nacional y otro de la localidad, lo que al respecto solo menciona el citado articulo de los de mayor circulación en la localidad, lo que hace lógico suponer que desde la orden de publicación es una difícil carga para la parte interesada y querérsela aumentar con lo de circulación nacional agravaría mas la misma, en tal virtud se hace forzoso para este órgano jurisdiccional declarar con lugar la solicitud de ordenar publicar solo en los periódicos de mayor circulación de la localidad de conformidad a lo establecido e.....