PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRANSITO Y AGRARIO DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la Oposición a la ejecución del embargo, intentada por el ciudadano ANGEL PULIDO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-8.411.895.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, SE REVOCA el embargo efectuado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Muñoz y Rómulo Gallegos con Sede en Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, solo en cuanto a los bienes propiedad del ciudadano ANGEL PULIDO consistentes en semovientes que están marcados con el hierro , es decir, 01 Maute; 01 Vaca; y 09 novillas.
TERCERO: Se ordena al Depositario Judicial, ciudadano GIOVANNI LÓPEZ GUTIÉRREZ, previa su notificación, hacer entrega al ciudadano ANGEL PULIDO, titular de la Cédula de Identidad.....