En consecuencia el Tribunal, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO efectuado por el ciudadano: CARRIZO EDGAR ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.851.326, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.945, en representación de las Empresas AGROPECUARIA RÍO PAGUEY S.A., y AGROPECUARIA BELLA VISTA C.A., en los términos contenidos en el mismo. Finalmente, el desistimiento ejercido en los términos señalados, procede como en sentencia en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 y 264 eiusdem y así se decide.-