En consecuencia el Tribunal, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, efectuado por la ciudadana: CARMEN ELENA SANTANDER MATERAN, suficientemente identificada, asistida por el abogado: FELIX ANTONIO GOMEZ CHACON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.410. Finalmente, el desistimiento ejercido en los términos señalados, procede como en sentencia en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 Y 265 ejusdem y ASÍ SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En Barinas, a los Treinta días del mes de Enero de Dos Mil Ocho. (2008). Año 197º de la Independencia y 148º de la Federación.-
ABG. JOSE GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ TEMPORAL.
ABG. JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.
En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m., se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de Ley.-
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