En tal virtud, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Procedimiento Judicial.
Se suspende el Decreto de Restitución dictado por este Tribunal en fecha 13-09-89 y ejecutada por el Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 19-09-1.989.-