: CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de los imputados HERMES MICHELLIE DUQUE PERNIA, y EDGAR OSWALDO ROPERO SUAREZ, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos; SEGUNDO: DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los imputados, por encontrarse llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y operar la presunción legal de fuga establecido en el artículo 251 parágrafo primero ejusdem; TERCERO: ACUERDA LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; CUARTO: ACUERDA la realización de un RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE IMPUTADOS, fijándose como fecha para su realización el 18 de junio del 2004 a las 2:00 pm.