DECRETA AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en contra del acusado ciudadano JOSÉ GREGORIO PERNIA SANCHEZ venezolano, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.382.048, nacido en fecha 22/12/1965, en Chameta Estado Barinas, profesión u oficio comerciante, hijo de Isabel Sánchez de Pernía (V) y de Aurelio Pernía Pérez (V), residenciado en la urbanización Nicolás Briceño, calle principal, N° 02-30, teléfono 0414-5720432, Barinas Estado Barinas; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, conforme a lo establecido en el Art. 409 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Gladysmar Balza y Luz Yolimar Rodríguez, (occisas) y se admiten para ser evacuadas en juicio Oral y Público las siguientes pruebas:
Se emplaza a las partes para que en plazo común de cinco días concurran ante el Tribunal de Juicio que le corresponda a conocer el presente asunto, y se instruye a la Secretaria a los fines de la remisión de las actuaciones que conforman la p.....