DECISIÓN
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal Del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación fiscal, por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal; así como los medios de prueba se admiten totalmente por se útiles, necesarios y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad; en contra del acusado JOSE NERIO ARANDA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.366.553, natural de Chaveta estado Barinas, nacido el 25/04/1963, profesión u oficio agricultor, residenciado en la parcela denominada el Balsito, ubicada en el sector Mata de Palma de la localidad de Chameta Abajo, específicamente antes de la escuela la Palmita en el cruce de la vía El Quiu de la Reserva Forestal de Ticoporo M.....