Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado: EUSTOQUIO JOSE GUTIERREZ SUAREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 10.466.277, de mayor edad, de 35 años de edad, nacido el 20/05/71, de profesión Chofer, teléfono 0414-1982243, natural de Cumana Estado Sucre, residenciado Barrio Bolivariano Tercera calle, casa N° 3, Cumana Estado Sucre; hijo de Eustaquio Gutiérrez Bello (V) y Aura Antonia Suárez (V) por la Comisión de los Delitos de: Aprovechamiento de Robo y Hurto de Vehículos Automotores, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo Automotores y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente en perjuicio del ciudadano Eudo Demetrio Montes Sánchez