DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Se Admite la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos establecido en el Art. 376 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, según gaceta oficial extraordinaria N° 5930 de fecha 04 de Septiembre del 2009. SEGUNDO: SE CONDENA al acusado MIGUEL ÁNGEL SIERRA RAMÍREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad V- 25.633.584, natural de San Cristóbal Estado Táchira, nacido en fecha 13/07/1992, obrero, residenciado en el Barrio La Florida, calle principal, Socopó, Municipio Sucre del Estado Barinas, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, VEINTIDÓS (22) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN; por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA AGRAVADA A LA AUTO.....