Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 01, DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión del Imputados como flagrante de conformidad con lo establecido en el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, conforme a lo establecido en el Art. 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado CRUZ ALEJANDRO PIÑERO, Venezolano, Cédula de identidad N° 9.841.614, nacido el 13/05/65, de 39 años de edad, hijo de Chiquinquira Piñero (V) y no reconoce padre, residenciado en Barrio Chico Toro, Ultima Calle, casa S/N color Verde, Barrancas Estado Barinas con las condiciones impuestas en los ordinales 3 y 4 consistente en presentaciones periodicas cada 15 dias por ante la Comandancia de la Policia de Barrancas y no ausentarse de la jurisdiccion del estado Barinas TERCERO: Acuerda la prosecución del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el Art. 373 del Código Orgánico Procesal Penal.