Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le confiere Y con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra Elos acusados: : JUNIOR ORDANIS TORRES CASTILLO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.789.773 (NO LA PORTA), de profesión u oficio Obrero, natural de Barinas Estado Barinas, nacido el día 14-07-1986, de estado civil soltero, quien es hijo de Carmen Alicia Castillo (v) y José Amable Torres Peña (v), residenciado en el Barrio Mariscal Sucre, detrás de la agencia de venta de carros de la 23 de enero, Calle La Cultura, Casa 88, cerca de la Bodega La Chata, Barinas, Estado Barinas. IBRAHIM MIGUEL MEDINA VASQUEZ, venezolano, de 26 años de eda.....