Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 06/01/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : EP01-P-2008-009788 N° Sentencia : Fecha: 06/01/2009
Procedimiento:
Querella
Partes:
ABG. HECTOR REVEROL, FISCALIA SUPERIOR DEL MINISTERIO, QUERELLANTE DEYANIRA NUÑEZ Y JORGE ENRIQUE QUINTERO, QUERRELLADO JOSE LUIS CARRANZA PARRA.
Resumen:
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Barinas, 6 de enero de 2009 198º y 149º ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2008-009788 ASUNTO : EP01-P-2008-009788 AUTO ORDENANDO SUBSANAR QUERELLA. Vista la Querella presentada en fecha 16 de diciembre de 2.008, por el abogado Jorge Enrique Quintero, en su condición apoderado judicial de la ciudadana Deyanira Núñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-22.110.966, domiciliada en el caserío La Milagrosa, Vía Principal, Municipio Obispos del Estado Barinas; por medio del cual presentan Querella Acusatoria en contra del ciudadano: JOSE LUIS CARRANZA PARRA, venezolano, titular de la cédula de identidad No V-12.553.841, y domiciliado en el Barrio Guanaca, Calle 3, casa Nº 36 de la Ciudad de Barinas, Estado Barinas; este Tribunal para decidir observa: UNICO.- Tal cual como se evidencia del escrito prese.....
Juez/Ponente:
Hector Reverol
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
arriba

N° Expediente : EP01-P-2008-009788 N° Sentencia : Fecha: 06/01/2009
Procedimiento:
Querella
Partes:
QUERELLADO JOSE LUIS CARRANZA, QUERELLANTE DEYANIRA NUÑEZ
Resumen:
Tal cual como se evidencia del escrito presentado por el Abogado Jorge Enrique Quintero, no se evidencia en autos el Poder otorgado por la victima por extensión, al mencionado abogado, donde se de muestre el carácter del mismo para intentar esta acción, así mismo, no menciona el abogado en su escrito, la edad, profesión y el estado de la querellante, así como la relación de parentesco entre el querellante y querellado; por lo que este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la subsanación de este defecto u omisión, por ser de los subsanables, en un plazo de tres (03) días hábiles a partir de la notificación del presente auto y en consecuencia proseguirse con el curso de ley. Librase Boleta de Notificación al Abogado Jorge Enrique Quintero, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Deyanira Núñez. Dada, Firmada y sellada en el Tribunal de Control Nº 02, a los 07 días del.....
Juez/Ponente:
Dora Isabel Riera Cristancho
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados