DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado, JOSE ARGENIS ARENAS CARDENAS, Venezolano, de 19 años de edad, portador de la cédula de identidad personal Nº V. 20.520.251, natural Socopó, de profesión u oficio Albañilería,, residenciado en el Barrio Libertador cerca del Balneario el Lago, hijo de Rosa Elba Cárdenas Méndez (V) y Custodio Arenas (D) en Socopó Estado Barinas, por presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto en el art. 5 en concordancia con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el art. 406 Nº 01 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Alba Rosa Montilla Rivas, llenos los extremos exigidos por el art. 250 de la Ley Adjetiva Penal. SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, tal y como lo fue solicitado por el Fiscal del Ministerio Público actuante.
Dado, firmado.....