Se observa por parte del Tribunal que efectivamente el delito por el cual se encuentran procesado el ciudadano JOHANN JAVIER GARCÍA SÁNCHEZ, es de los delitos en los cuales procede la Suspensión Condicional del Proceso, por ser la pena en su límite superior menor de tres años, y habiendo hecho el acusados una oferta de resarcir los daños de la cual la Fiscalía no hizo oposición, y siendo la misma acorde se acuerda la medida alterna por un lapso de un año donde el acusado de autos deberá realizar trabajo acorde con su capacidad al Ministerio del Ambiente una vez a la semana, las cuales serán orientadas por el Comandante de la Segunda Compañía del destacamento de la Guardia Nacional Nro. 14 con sede en Ticoporo y por el Ministerio del Ambiente; respecto al vehículo solicitado se acuerda la entrega en guarda y custodia en razón de que la Fiscalía solicitó el decomiso del mismo y si el acusado no da cumplimiento a la medida alterna el procedimiento seguiría; para garantizar las resultas.....