Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de control Nro. 2 Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Condena al procesado de autos en los siguientes términos:
1.- Condena al acusado DIXON ANTONIO HERNÁNDEZ PAREDES, anteriormente identificado a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 455 ordinales 4 y 6 del Código Penal en concordancia con el 80 Ejusdem , más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código penal, con la aplicación de los artículos 37 y 74 numeral 4to Ejusdem y 376 del COPP.
2.- Se mantiene la Medida de Privación de Libertad al ciudadano DIXON ANTONIO HERNÁNDEZ PAREDES de conformidad a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Con la publicación de la presente sentencia quedan las partes a derecho ya que en la Audiencia preliminar quedaron debidamente notificados que en esta fecha .....