Este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal de los acusados Alexander Antonio Contreras Ramírez, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-12.204.960, natural de Barinas, de ocupación mensajero, hijo de Catalina Contreras (v), y Bruno Contreras (f), domicilio Urb. Coromoto, primera calle, casa N° 10-119, de esta Ciudad. y Zoximo Alberto Franco Calderón, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.933.791, natural de Barinas, de ocupación Vendedor de Productos EFE, de la Empresa Alimentos Polar, hijo de Carmen Calderón (v), y Zoximo Franco (v), domicilio Urb. Palacio Fajardo, calle Mérida, casa N° 05, de esta Ciudad, por la presunta los delitos de Homicidio Intencional en grado de Frustración, pr.....