Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le confiere Y con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra los acusados ALIRIO JOSE VALERO BALDALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.341.672, nacido el 08/11/77, en Barinas, funcionario de la Policía del Estado Barias, hijo de Maria Baldillo (D) y de José García (V), residenciado en el Barrio Mi Jardín, Calle 2, Casa Nº 305, Barinas Estado Barinas, PABLO ANTONIO DELGADILLO GALLARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.564.761, nacido el 29/11/69, en Barinas, funcionario de la Policía del Estado Barias, hijo de Carmen Gallardo (V) y de Pablo Delgadillo (D), residenci.....