Se observa por parte del Tribunal que efectivamente los delitos por los cuales se encuentran procesado el ciudadano ROMAN ROA PEREIRA, es de los delitos en los cuales procede la Suspensión Condicional del Proceso, por ser la pena en su límite superior menor de tres años, y habiendo hecho el acusados una oferta de resarcir los daños de la cual la Fiscalía no hizo oposición, y siendo la misma acorde se acuerda la medida alterna por un lapso de un año donde el acusado de autos deberá realizar trabajo acorde con su capacidad al Ministerio del Ambiente una vez a la semana, las cuales serán orientadas por el mismo Ministerio del Ambiente; respecto al vehículo solicitado se acuerda la entrega en guarda y custodia en razón de que la Fiscalía solicitó el decomiso del mismo y si el acusado no da cumplimiento a la medida alterna el procedimiento seguiría; para garantizar las resultas del proceso ya que queda en suspenso, con el cuale deberá realizar trabajo a la institución anteriormente menciona.....