Primero: Revoca la Medida Alterna de Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Fernando Surmay. Segundo: Como consecuencia de lo anterior CONDENA al ciudadano Fernando José Herrera Surmay, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.637.291, jardinero, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 4-10-82, quien es hijo de Olinda Herrera y Carlos Surmay, residenciado en el Barrio Las Lomas, calles principal, casa s/n a dos cuadra de las escuela, La Caramuca, Barinas, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, la cual deberá cumplir en el sitio y hasta la fecha que el Tribunal de Ejecución al cual le corresponda conocer así lo disponga. Tercero: Se condena igualmente al ciudadano Fernando Surmay, ya identificado, a las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal Vigente.