Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión de la imputada YUSMARI DEL CARMEN CONTRERAS CONTRERAS por la presunta comisión de los delitos de SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, CALUMNIA Y FALSO TESTIMONIO ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el Art. 239, 240 y 241 del Código Penal, en perjuicio de la Administración de Justicia, conforme con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA por la comisión del tipo penal ut supra, lleno los extremos exigidos en el art. 250 y 256 de la Ley Adjetiva Penal. SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, tal y como lo fue solicitado por el Fiscal del Ministerio Público actuante en esta audiencia oral.
Dado, firmado y publicada en la Sala de Audiencias del Tribuna.....