Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal Del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LEY, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se admiten parcialmente la acusación fiscal y la querella interpuesta en contra del ciudadano Oliver Eduardo Romero Nieto por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS, previsto en los Artículos 418 y 420 del Código Penal, en razón de los hechos explanados en la referida acusación (f . 68 AL 69 Y VTO.). Igualmente se admiten íntegramente las pruebas ofrecidas por la parte fiscal. Segundo: Se acuerda con lugar la Suspensión Condicional del Proceso con respecto al imputado Oliver Eduardo Romero Nieto, a quien se le aprueba la oferta de reparación simbólica del daño a la víctima antes acotada y además se impone al mismo las condiciones siguientes: 1) La obligación de abstenerse consumir drogas o sustancias estupefacientes y de abusar.....